Felisin escribió:Solo puse un parrafo del reglamento dónde se ponen este tipo de diferenciales y la carcasa de una farola esta expuesta a contactos indirectos como lo puede estar la carcasa de una lavadora y en este supuesto si esta permitido el diferencial de 300mA y con la lavadora no.
La empresa donde trabajaba, hizo muchas ITVs de edificios, con cuadros generales y subcuadros y era la propia OCA quien exigía que la alimentacion a dichos subcuadros estubiera protegida de contactos directos y indirectos, guardando selectividad con el cuadro final.
Quizas a los primeros que habria que decirles que interpreten bien el reglamento seria a los inspectores de las OCAs, ya que cada cual lo interpreta a su manera.
Hola Felisin.
Si el reglamento permite el diferencial de 300 mA para alumbrado público (exterior que se denomina ahora) y no lo permite para viviendas, será por algo.
Y la respuesta está en:
El reglamento define tres tensiones de seguridad para locales secos, húmedos o mojados, que corresponden con 48, 24 y 12 V respectivamente.
Así que tomemos un alumbrado exterior y consideremos un día en el que esté cayendo el diluvio universal, así que ya tenemos que el local será mojado y la tensión deberá limitarse a 12 V (que es obviamente el caso más restrictivo).
Y ahora tenemos que nuestro querido REBT nos permite poner un diferencial de 300 mA, o sea 0,3 A.
Aplicamos un concepto matemático sencillo como es la fórmula de la ley de Ohm, y tenemos que para este caso R = 12 / 0,3 = 40 ohmios.
Y esos 40 ohmios es el valor máximo con el cual se cumplirá la premisa de máxima tensión de contacto. Si te fijas en el apartado 4 de la ITC-BT-09 se exige una resistencia máxima de 30 ohmios, por lo que si hacemos la cuenta para esa resistencia tendremos:
V = 0,3 x 30 = 9 V. Valor inferior al máximo permitido de 12 V.
Respecto a porqué no se puede hacer en una vivienda, si como indicas también tocamos la carcasa de la lavadora:
Siguiendo el criterio anterior no habría problema alguno en instalar diferenciales de 300 mA en viviendas, que además son bastante más baratos.
PERO el legislador ha pensado con buen criterio que una instalación eléctrica en vivienda está en manos de usuarios sin conocimientos de electricidad, que hoy se arman de valor y siguen los consejos del primer forero que les da la razón en lo que preguntan. Personas en definitiva que si con una fase y un neutro les funciona un enchufe, para qué diablos se van a poner también a conectar ese cable amarillo-verde tan ridículo que aparece por ahí.
Así que su dictamen ha sido tajante: Te obligo a poner un diferencial de 30 mA.
Si tienes una tierra mejor o peor no hay problema alguno, ya que con 24 V que es la tensión de contacto en locales húmedos y los 30 mA de tu diferencial, podrías incluso llegar a una R de tierra de 800 ohmios, y para eso ya tiene que ser malo el terreno.
Y si no tienes tierra o no las has conectado, pues ya sabes, la tierra eres tú. La corriente eléctrica de 30 mA atravesará tu cuerpo durante el tiempo de disparo del diferencial (generalmente menos de 30 ms). Así que mirando en la gráfica que dio lugar a este hilo en el foro, verás que el efecto que te producirá ese contacto eléctrico solo tendrá efectos leves.
Y así ha sido como después de más de un año y de alguna desavenencia por ahí, hemos vuelto al principio de la cuestión.
Un saludo. Emilio Carrasco.