tramas escribió:Resulta que hablando con un electricista nos dice que no puede quitar el ICP, que para aumentar la potencia llamemos a la compañía y que ya está, que el ICP no hace falta quitarlo (?). ¿Quizás me haya explicado yo mal y no me entendió?
Hola Tramas.
No te queda claro porque se han mezclado dos cosas diferentes.
Por un lado, tienes razón en que puedes quitar el ICP y en su lugar colocar una protección contra sobretensiones y aquí han surgido todas las respuestas sobre el calibre que debe tener esta nueva protección y cual es la que te interesa. No tengo nada más que aportar en este sentido.
Pero por otro lado nadie te ha contestado a la cuestión de fondo que es lo que te está indicando el instalador electricista y es que aunque quites el ICP seguirás teniendo la misma potencia contratada y antes o después saltará desde el contador. Aunque el tiempo de respuesta del contador sea superior al del ICP te va a seguir saltando.
Por tanto si tu problema es éste has de aumentar potencia y lo de poner un sobretensiones está bien, pero no resuelve tu problema.
Si te decides por aumentar potencia has de llamar a la compañía para que modifiquen el valor del contador y entonces tienes que quitar el ICP de tu casa, si pones en su lugar un protector contra sobretensiones o no lo pones ya es asunto tuyo, pero insisto en que ya se trata de otra cosa diferente.
Un saludo. Emilio Carrasco




