Haría falta legalizar una toma schuko de 16A para utilizarla exclusivamente para recarga de vehículos en Modo 2 en una instalación privada? Dicha toma se alimentaría desde el contador, desde el cuadro general o indistintamente?
Gracias.
Tomate escribió:Haría falta legalizar una toma schuko de 16A para utilizarla exclusivamente para recarga de vehículos en Modo 2 en una instalación privada? Dicha toma se alimentaría desde el contador, desde el cuadro general o indistintamente?
Gracias.
EmilioCarrasco escribió:Tomate escribió:Haría falta legalizar una toma schuko de 16A para utilizarla exclusivamente para recarga de vehículos en Modo 2 en una instalación privada? Dicha toma se alimentaría desde el contador, desde el cuadro general o indistintamente?
Gracias.
Dependerá de si se trata de una instalación que ya esté legalizada o no y también de si es una vivienda unifamiliar o una vivienda en un bloque de viviendas con un garaje comunitario.
En todo caso, la normativa a considerar será siempre la ITC-BT-52 del REBT.
Caso 1, vivienda unifamiliar con instalación eléctrica ya legalizada. Pones la toma como quieras y se acabó el problema.
Caso 2, vivienda unifamiliar con instalación eléctrica a legalizar. Tienes que hacer un circuito único para la recarga, llamado C13 y debe estar protegido por automático y diferencial de clase A. Además la vivienda será ineludiblemente de GE elevado.
Caso 3, vivienda en edificio ya legalizada. Pones un doble bornero en la salida de tu contador y desde ahí alimentas tu punto de recarga individual. Deberías proteger con automático y diferencial de clase A.
Caso 4, vivienda en edificio a legalizar. Haces lo mismo que en el caso 3, ahora si que quieras o no has de proteger con automático y diferencial. Además la vivienda será con GE elevado.
Emilio Carrasco