Foro de discusión, ayuda y aprendizaje de electricidad doméstica e industrial, documentación técnica, averías, cursos, normativa, software técnico, bajo consumo, reparación de electrodomésticos, instalaciones singulares de imagen y sonido..

Bienvenido a foroelectricidad.com.

Somos una comunidad de profesionales y aficionados al mundo de la electricidad.

Para participar, puedes registrarte en la comunidad y en pocos clicks podrás disfrutar de todas las características del foro. También te recomendamos que te pases por las Normas del foro, y si tienes alguna duda del funcionamiento del mismo puedes consultar el FAQ o ponerte en contacto con nosotros.

El Equipo de Foroelectricidad.com

Reglas del Foro
Nota importante:

Toda ayuda aportada por otros usuarios es meramente informativa. Por favor, si no dominas la electricidad busca la ayuda de un profesional para evitar accidentes.
 
pejeverde
Usuario novato
Usuario novato
Autor del tema
Mensajes: 7
Registrado: 05 Dic 2015, 18:49
Ubicación: Santa Cruz de Tenerife

sobre la derivacion individual

08 Dic 2015, 15:53

buenas, haber planteo una cuestión en relación a la derivación individual.
El reglamento en ITC15 correspondiente a DI nos dice que no podremos hacer una cambio de sección en la derivación individual, es decir que el cable que coloquemos deberá ser entero de punta a punta. Por otro lado aquí en canarias unelco endesa en sus normas particulares escribe lo siguiente:
El cableado de la centralización deberá efectuarse con cable de Cu de 10 mm2 de sección.
Es decir ese cable semirigido clase 2 es el que utilizaran las empresas que montan las centralizaciones para cablear los módulos.
Por otro lado el reglamento electrotecnico nos dice que la sección mínima permita en derivaciones individuales es de 6mm. Por esto me dicen que la derivación individual aquí en canarias, tiene que ser de 10 mm por tener el cableado interno de las centralizaciones esa sección y por indicar el reglamento claramente que no puede haber un cambio de sección en la derivación individual, la cual empieza según esquemas desde el embarrado de cobre conectándose a los fusibles cartucho y a la barra del neutro.
De esta manera es como me lo han enseñado, ahora bien para aquellos edificios con canalizaciones antiguos donde es imposible pasar una linea de 10 milimetros pero si de 6 milimetros, dice que no que aunque termicamente y por caida de tensión cumpla, que no se puede montar y buscarse la vida y hacer obra y cable de 10 pues de lo contrario no cumplimos normativa de no cambio de sección. Ahora bien mi razonamiento fue el siguiente:
Si suponemos un enganche a una vivienda de un piso elevado, donde no exista centralizaciones intermedias, y por caida de tensión se tenga que subir la sección de la derivación individual ha 25 mm o superior, la pregunta sería
¿Se tendría que cambiar ese cable de 10 mm interior que cablea interiormente ese contador?, por el mismo concepto tendría que cambiarlo, por cable de 25 o 35, electricamente sería absurdo, pues la caida de tensión proporcional a un metro y poco de cable es pequeña en relación al cable enhebrado hasta el cuadro del abonado. En este caso me enseñan que no.

Como se tiene entonces que interpretar ese concepto de cambio de sección es decir desde donde desde el fusible o desde la regleta de conexion.
Bajo mi punto de vista creo que el reglamento se refiere a no cambio de sección desde las bornas de conexión del modulo superior de la centralización, excluyendo esos cables de poliefilina reticulada clase 2, los cuales van sobrados para los 63A de los fusibles.

bueno saludos.